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¿Cuándo Toca?

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Frecuencia y cronograma de inspeccion tecnica

Cuándo te toca

Frecuencia y cronograma de las Inspecciones Técnicas Vehiculares y vigencia del Certificado de Inspección Técnica Vehicular
Las Inspecciones Técnicas Vehiculares se realizarán de acuerdo a la categoría, función y antigüedad de los vehículos
(1) La antigüedad del vehículo se cuenta a partir del año siguiente de fabricación consignado en la Tarjeta de Propiedad o Tarjeta de Identificación Vehicular

VehiculosFrecuenciaAntiguedadVigencia del Certificado
Del servicio de transporte regular de personas (ámbito provincial, regional nacional). Del servicio de transporte especial de personas (taxi, transporte turístico, transporte de trabajadores, transporte de estudiantes, transporte social, transporte en auto colectivo y transporte comunal de pasajeros por carretera). Del servicio de transporte internacional de personas, transporte colectivo de pasajeros entre Tacna-Arica y de transporte transfronterizo de pasajeros entre Perú-Ecuador Ambulancias, vehículos de alquiler y vehículos de instrucción de la Categoría MSemestralA partir del 3er. año6 meses
Del servicio de transporte especial de personas en vehículos menores de la Categoría L5.AnualA partir del 2do. año12 meses
Particulares para transporte de personas y/o mercancías de las Categorías L3, L4, L5.AnualA partir del 3er. año12 meses
Particulares para transporte de personas de hasta nueve asientos incluido el del conductor de la Categoría M1.AnualA partir del 4to. año12 meses
Particulares de transporte de personas de más de nueve asientos, incluido el del conductor, de las Categorías M2 y M3.AnualA partir del 3er. año12 meses
Para transporte de mercancías de las Categorías N1 y O2.AnualA partir del 3er. año12 meses
Para transporte de mercancías de las Categorías N2, N3, O3 y O4.AnualA partir del 3er. año12 meses
Para transporte de materiales y residuos peligrosos de las Categorías N y O.SemestralA partir del 2do. año6 meses
Del servicio de transporte mixto.SemestralA partir del 3er. año6 meses
Excepcionalmente, los vehículos que excedan los veinte (20) años de antigüedad contados a partir del año siguiente de su fabricación, destinados al servicio de transporte terrestre regular de personas en los ámbitos nacional, regional y provincial deberán acreditar que han aprobado la Inspección Técnica Vehicular cada cuatro (04) meses; para cuyo efecto el Certificado de Inspección Técnica Vehicular que se expida en estos casos tendrá una vigencia de cuatro (04) meses.AnualA partir del 1er. año4 meses
Ultimo dígito de la placaMes de revisión técnica
0Enero y Febrero
1Marzo
2Abril
3Mayo
4Junio
5Julio y Agosto
6Septiembre
7Octubre
8Noviembre
9Diciembre